La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) es un organismo que coordina políticas ambientales, establecido el 23 de agosto de 2013, a través de un Convenio de Coordinación entre el Gobierno Federal, representado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y los gobiernos de la Ciudad de México, Estado de México, Hidalgo, Morelos, Puebla y Tlaxcala.

Su objetivo es planificar y ejecutar acciones para proteger el ambiente, así como preservar y restaurar el equilibrio ecológico en una región que incluye las 16 delegaciones de la Ciudad de México y 224 municipios distribuidos en los estados mencionados.

La misión de la CAMe es diseñar, coordinar, concertar y catalizar programas y acciones que contribuyan a la protección, restauración y preservación del equilibrio ecológico en la región central de México conocida como la Megalópolis.

Para lograr estos objetivos, la CAMe se enfoca en cuatro áreas prioritarias:

  1. Mejoramiento de la calidad del aire.

  2. Combate al cambio climático.

  3. Gestión integral de los recursos hídricos.

  4. Conservación y restauración de la biodiversidad.

La visión de la CAMe es ser una plataforma de gobernanza ambiental para la megalópolis del centro de México, estableciéndose como un modelo de institucionalidad y buenas prácticas en sustentabilidad urbano-regional y crecimiento verde.

Dicho en otras palabras, este organismo es el encargado de medir la calidad del aire en la megalópolis y determinar si habrá una contingencia ambiental o no y esto nos repercute en que se modifica el programa de "hoy no circula" y es cuando debemos estar al tanto, si nuestro vehículo puede circular o tendríamos que resguardarlo.

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Contingencias ambientales en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM)

En el marco del programa para prevenir y responder a contingencias ambientales atmosféricas en la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial de la CDMX el 28 de mayo de 2019, la CAMe se encarga de comunicar oficialmente la activación del programa en la Fase que corresponda, así como la aplicación y suspensión de las medidas procedentes.

De esta manera, se establece el proceso de respuesta conforme a los datos registrados por el Sistema de Monitoreo Atmosférico de la Ciudad de México (SIMAT) de la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México en coordinación con la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México.

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