Conforme a la norma internacional ISO 4030 desde 1983, revisada y confirmada en 2018
La organización internacional de normalización (ISO, por sus siglas en inglés), conformada por organizaciones de países de todo el mundo, especifica una referencia sobre los requisitos para el marcado y la ubicación del VIN (número de identificación vehicular) en vehículos automotores en la norma ISO 4030.
El VIN es una combinación estructurada de 17 caracteres para identificar cada vehículo de forma única y debe ser puesto por el fabricante desde el momento de la producción o manufactura del vehículo.

Regulación legal en Mexico del VIN
En México, la norma que regula la creación del número de identificación vehicular es la "Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSP-2008 Para la determinación, asignación e instalación del número de identificación vehicular" La NOM-001 es de observancia obligatoria para los fabricantes, ensambladores e importadores ubicados en territorio nacional, cuyos vehículos ya sean producidos o importados estén destinados a permanecer en la República Mexicana para su circulación o comercialización y serán responsables del cumplimiento de las obligaciones previstas en la misma. El Número de Identificación Vehicular servirá a los particulares y al sector público, como instrumento para identificar con certeza legal el vehículo.
Esta Norma Oficial Mexicana no es aplicable a los vehículos diseñados específicamente para usos agrícolas, así como los considerados como juguetes, vehículos destinados a competencias automotrices que desde su fabricación se destinen a este fin y prototipos para exhibición, desarrollo o demostración.
Ubicación del VIN
Debe ubicarse del lado derecho del vehículo y, de ser posible, en la mitad delantera. En muchos casos, por motivos regulatorios, debe ser legible desde el exterior del vehículo (en caso de vehículos cerrados), se recomienda colocarlo dentro del compartimento de pasajeros cercano al pilar del parabrisas.
El VIN deberá ubicarse en una posición fácilmente visible y de tal manera que se prevenga su bloqueo o alteración. La posición seleccionada por el fabricante deberá estar descrita en el “Manual del usuario” o publicación equivalente.
Colocación del VIN
Para la colocación del VIN, el fabricante puede escoger en las dos soluciones siguientes:
- Marcar el VIN directamente en una parte integral del vehículo, puede ser en el marco (chasis) o en una parte del cuerpo que no sea fácilmente removida o remplazada.
- El VIN sea marcado en una placa que será fijada de forma permanente de acuerdo al punto anterior.
Es aceptable combinar estas alternativas en un vehículo si así lo desea el fabricante.
La altura de las letras o números del VIN deberá ser el siguiente:
- Al menos 7 mm si se marca conforme a la solución 1 (marco, cuerpo, etc.) en vehículos motorizados, excepto en motocicletas.
- Al menos 4 mm en cualquier otro caso.
En todos los casos, los caracteres del VIN deberán ser legibles, duraderos y difíciles de alterar.
