Cómo hacer la baja de placas en el Estado de México

Baja de placas de vehículos matriculados en el Estado de México

Baja de placas de vehículos matriculados en el Estado de México

La baja de placas de vehículos es un trámite importante que los propietarios de vehículos matriculados en el Estado de México deben conocer.

Este proceso, que puede realizarse por diversas razones, implica seguir una serie de pasos y procedimientos establecidos por las autoridades estatales.

Tradicionalmente, dejamos en manos del nuevo propietario la realización de este procedimiento, por un exceso de confianza, falta de tiempo u otras causas, dando pie a que el nuevo propietario no realice el trámite en cuestión; sin embargo, es sumamente importante no dejar de hacer la baja de las placas, ya que en caso de que el vehículo en cuestión se vea involucrado en la comisión de un delito, la responsabilidad penal estará a cargo de la unidad vehicular y en consecuencia nos veríamos obligados a comprobar ante las autoridades la falta de responsabilidad en la comisión del delito de que se trate.

Dependencia

Secretaría de Finanzas

Modalidad

Presencial

Documentos que solicitan

  • Identificación oficial

    • Las opciones son:

      • INE.

      • Pasaporte vigente.

      • Cédula profesional.

      • Documento migratorio (FM2 o FM3).

      • Credencial de inmigración.

      • Licencia para conducir.

      • Identificación expedida por cualquier dependencia del poder ejecutivo.

      • Credencial del INAPAM.

    • Debe contar con fotografía y firma de la persona propietaria o representante legal.

    • Personas físicas/personas jurídico-colectivas/instituciones públicas, presentar en original.

  • Factura de origen

    • Comprobante fiscal que evidencie el valor total del vehículo de la primera enajenación.

    • Representación impresa del comprobante fiscal digital o factura electrónica.

    • Documento jurídico que acredite la propiedad del vehículo, las opciones son:

      • Factura de vehículo usado, que contenga datos del vehículo (VIN-NIV serie, modelo, clave vehicular, importe y fecha de la operación).

      • Contrato de compraventa o de donación.

      • Carta responsiva.

      • Cesión de derechos, que deberá está estar contenida en la factura o título de propiedad.

      • Acta de adjudicación.

      • Dación en pago.

      • Extinción de dominio.

    • Para el caso de vehículos de procedencia extranjera, deberá presentarse constancia de inscripción o título de propiedad y pedimento de importación definitiva.

    • Personas físicas/personas jurídico-morales/instituciones públicas, presentar en original.

  • Comprobante de domicilio

    • Únicamente en los casos de baja con cambio de propietario, las opciones son:

      • Credencial para votar vigente.

      • Recibos de servicios (impuesto predial, servicios de luz, teléfono fijo o móvil, agua, gas natural, contrato de servicios).

      • Estado de cuenta bancario.

      • Contrato de arrendamiento de inmueble.

      • RFC o REC.

      • Carta de residencia.

      • Comprobante de alineación y número oficial.

    • Se aceptarán con antigüedad máxima de tres meses.

    • Personas físicas/personas jurídicas-colectivas/instituciones públicas, presentar en original.

  • Placas anteriores o documento jurídico que acredite la carencia

    • Puede ser uno de los siguientes:

      • Placas de circulación trasera y delantera.

      • Documento jurídico que acredite el robo, extravío o carencia de una o ambas placas (denuncias electrónicas o presenciales presentadas ante las procuradurías o fiscalías generales de justicia, deberá contener nomenclatura de la o las placas, especificar si se trata de la delantera, trasera o ambas y el número de serie del vehículo que las portaba).

      • Baja de la matrícula anterior.

    • Personas físicas/personas jurídicas-morales/instituciones públicas, presentar en original.

  • Poder notarial

    • Para actos de administración, de dominio o especiales para trámites de control vehicular e identificación oficial vigente del representante legal.

    • Personas físicas/personas jurídicas-morales, presentar en original.

  • Oficio de habilitación

    • De la persona servidora pública legalmente autorizada para representar a la unidad administrativa.

    • En hoja membretada suscrita por la persona facultada para ello.

    • Deberá contar con nombre completo de la dependencia, organismo autónomo o entidad pública; domicilio de la entidad pública; RFC de la dependencia, organismo autónomo o entidad pública; nombre del servidor público habilitado; vigencia de la habilitación, la cual no podrá ser mayor de un año a partir de la fecha de su emisión; firma autógrafa de quien lo emite y sello original; dirigido a la secretaría de finanzas del gobierno del estado de México; señalar las facultades que se le otorgan al servidor público habilitado.

    • Instituciones públicas, presentar en original.

  • Oficio de exención de contribuciones (opcional)

    • Se refiere al reconocimiento de no causación del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos y exención de derechos de control vehicular para vehículos destinados a la prestación de servicios públicos específicos, emitido por la dirección jurídica consultiva en términos de lo previsto en el del CFEMYM.

    • Instituciones públicas, presentar en original.

  • Clave Única de Registro de Población (CURP)

    • Debe contener los 18 dígitos alfanuméricos y en su caso, estar impreso en el formato de la secretaría de gobernación.

    • Si la identificación tiene CURP, no será necesario presentarla.

    • Personas físicas/personas jurídicas-colectivas/instituciones públicas, presentar en original.

  • Confirmación de cita

    • Formato emitido a través de la plataforma oficial al momento de gestionar la cita (impresa o digital).

Nota: Los requisitos son susceptibles de rechazo si no cumplen con las características establecidas para cada uno de ellos, no se aceptarán si presenten alteraciones, tachaduras, enmendaduras o resulten ilegibles, si se advierte alguna irregularidad de la situación del vehículo, la autoridad fiscal tiene facultades para requerir documentación adicional a los requisitos establecidos.

Casos especiales

  • Baja del vehículo con motivo de siniestro del vehículo y que, a consecuencia de ello, el propietario del mismo fallezca, quede con incapacidad permanente total o derivado de su grave estado de salud no le sea posible acudir a realizar el trámite, lo podrá realizar la o el cónyuge o cualquier familiar consanguíneo en línea directa en primer grado, acreditando el parentesco y presentando acta de defunción del propietario, o en su caso, el certificado médico que acredite el grado de incapacidad o estado grave de salud; así como el documento que acredite el siniestro.

  • Baja de vehículo por robo con violencia y que, a consecuencia de ello, el propietario del vehículo fallezca, quede con incapacidad permanente total, o derivado de su grave estado de salud no le sea posible acudir a realizar el trámite, lo podrá realizar la o el cónyuge o cualquier familiar consanguíneo en línea directa en primer grado, acreditando el parentesco y presentando acta de defunción del propietario o, en su caso, el certificado médico que acredite el grado de incapacidad o estado grave de salud; así como denuncia ante el ministerio público o carpeta de investigación por robo de vehículo con la agravante de violencia.

  • Baja del vehículo cuando el albacea, cónyuge o familiar consanguíneo en línea directa en primer grado, haga del conocimiento a la autoridad fiscal que la persona registrada, como propietario del vehículo en el padrón vehicular falleció, se podrá realizar el trámite de baja, acreditando el parentesco o representación, según sea el caso, y presentando acta de defunción del propietario.

Prevenciones

  • En trámites presenciales: se deberán presentar los documentos originales solicitados.

Para más información consultar las reglas de carácter general de la Secretaría de Finanzas para el ejercicio fiscal vigente.

Pasos a seguir

  1. Revisar la documentación

    • Antes de iniciar el proceso de baja de placas, es esencial asegurarse de tener toda la documentación necesaria.

    • Esto puede incluir el título de propiedad del vehículo, identificación oficial del propietario y comprobante de domicilio. Asegúrate de que toda la información esté actualizada.

  2. Acudir a la oficina de control vehicular

    • Dirígete a la oficina de control vehicular más cercana en el Estado de México.

    • Puedes verificar la ubicación de la oficina en línea o a través de la línea telefónica de atención al cliente.

    • Es recomendable programar una cita previa para agilizar el proceso.

  3. Solicitar el formulario de baja de placas

    • Una vez en la oficina, solicita el formulario correspondiente para la baja de placas.

    • Llena el formulario con la información requerida, asegurándote de proporcionar datos precisos sobre el vehículo y la razón de la baja.

  4. Pagar las tasas correspondientes

    • El proceso de baja de placas puede conllevar el pago de ciertas tasas administrativas.

    • Asegúrate de obtener información actualizada sobre los costos involucrados y realizar el pago correspondiente en las cajas designadas.

  5. Entregar placas y documentación

    • Una vez completados los pasos anteriores, presenta el formulario lleno, las placas del vehículo y toda la documentación requerida en el mostrador de la oficina.

    • El personal verificará la información y procesará tu solicitud.

  6. Recibir el comprobante de baja

    • Después de realizar el trámite, recibirás un comprobante de baja de placas.

    • Guarda este documento de manera segura, ya que puede ser necesario en futuras transacciones o trámites relacionados con el vehículo.

  7. Actualizar registro en el padrón vehicular

    • Es importante asegurarse de que la baja de placas se refleje correctamente en el padrón vehicular.

    • Verifica que la información esté actualizada y que el vehículo no esté registrado a tu nombre en futuros periodos fiscales.

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En conclusión

Realizar la baja de placas de un vehículo en el Estado de México es un proceso relativamente sencillo, siempre y cuando se sigan los pasos adecuados y se cuente con la documentación requerida.

Mantener al día este tipo de trámites es fundamental para evitar problemas futuros y garantizar un registro vehicular preciso.

Recuerda que la información aquí proporcionada está basada en el año 2024 y es importante verificar posibles actualizaciones en los procedimientos a través de fuentes oficiales del Gobierno del Estado de México.


Enlaces externos


Recuerda verificar que realizas tu trámite en un sitio oficial de gobierno revisando que el dominio tenga la extensión .gob.mx, evita el robo de tu información personal y fraudes.