Baja de vehículo por siniestro o robo en el estado de Veracruz
La baja de vehículo por siniestro o robo es un proceso que puede resultar abrumador y confuso para muchos propietarios de automóviles.
Sin embargo, en el estado de Veracruz, México, existen procedimientos claros y establecidos para llevar a cabo esta gestión de manera eficiente y legal.
En este artículo, te guiaremos a través de los pasos necesarios para realizar la baja de tu vehículo en caso de enfrentarte a una situación de siniestro o robo en el año 2024.
Dependencia
Secretaria de Finanzas y Planeación (SEFIPLAN)
Modalidad
Presencial
Documentos que solicitan
Presentar documentación original para cotejo y dos copias fotostáticas. Trámite disponible en todas las oficinas.
- Identificación oficial con fotografía, vigente, que puede ser:
- Credencial de elector.
- Licencia de conducir.
- Pasaporte.
- Cédula profesional con fotografía
- Cartilla del servicio militar
- Constancia de identidad municipal que contenga fecha de emisión, vigencia y firma y/o huellas digitales al calce del interesado.
- Factura, refactura(s) en caso de que exista(n), copias sin valor certificada y/o acta de información testimonial a favor del contribuyente.
- En caso de ser endosada, nombre completo sin abreviatura del nuevo propietario.
- Si el vehículo fue adquirido por financiamiento, se deberá presentar una copia certificada por la agencia u organismo financiero, cuya fecha de emisión no exceda a 60 días.
- Si fue refacturado por persona física o moral, además de la nueva factura, debe presentar copia legible de la factura de origen de la agencia, siempre y cuando esté dentro de los 5 años que marca el Código Fiscal de la Federación.
- Presentar el comprobante de pago de tenencia y/o derechos de control vehicular del ejercicio fiscal vigente.
- Devolución de la tarjeta de circulación (en caso de extravío presentar constancia de no infracción estatal), placa trasera y delantera.
- En caso de robo o extravío de los valores, deberá presentar acta de extravío o robo expedida por el Ministerio Público o Fiscalía General del estado.
- Para el caso de siniestro, acta o peritaje expedida por autoridad vial, de investigación o aseguradora.
- Para vehículos de procedencia extranjera:
- Título de propiedad.
- Factura original.
- Pedimento de importación.
- Oficio de autorización emitido por la SEFIPLAN y/o formato VPE-01.
- Adicional persona física:
- En caso de no acudir el propietario del vehículo, deberá otorgar una carta poder simple, en donde se especifique el trámite a realizar y las características de la unidad, adjuntando los siguientes requisitos:
- Identificación oficial con fotografía vigente y en original de la persona mandante.
- Identificación oficial con fotografía vigente y en original de quien recibe el poder.
- Se deberá presentar firmada en original por quien otorga el poder, quien lo recibe y por dos testigos.
- Copia de la identificación oficial vigente de los testigos.
- En caso de no acudir el propietario del vehículo, deberá otorgar una carta poder simple, en donde se especifique el trámite a realizar y las características de la unidad, adjuntando los siguientes requisitos:
- Adicional persona moral anexar:
- Empresas y organizaciones, públicas y privadas.
- Identificación oficial con fotografía vigente y en original del representante legal.
- Acta constitutiva.
- En el caso de instituciones públicas, presentar el decreto publicado en el diario oficial de la federación y/o gaceta oficial.
- Poder notariado del representante legal para actos de administración y dominio.
- Cédula de Identificación Fiscal (RFC), no mayor a 3 meses
- Comprobante de domicilio fiscal original no mayor a 2 meses.
- En caso de no acudir el representante legal, deberá otorgar una carta poder membretada por la empresa, especificando el trámite a realizar y las características de la unidad y, adjuntando los siguientes requisitos:
- Identificación oficial con fotografía vigente y en original de la persona mandante.
- Identificación oficial con fotografía vigente y en original de quien recibe el poder.
- Se deberá presentar firmada en original por quien otorga el poder, quien lo recibe y por dos testigos.
- Copia de la identificación oficial con fotografía y vigente de los testigos.
FUNDAMENTO LEGAL: Código Número 860 de Derechos para el Estado de Veracruz Artículo 16, Apartado B, Fracción III y Código Financiero del Estado de Veracruz Artículo 60, Apartado B, Fracción II y Artículo 134.

En conclusión
En el estado de Veracruz, el proceso de baja de vehículo por siniestro o robo en 2024 sigue un conjunto claro de pasos que deben seguirse meticulosamente para garantizar su validez legal.
Notificar a las autoridades, comunicarse con la aseguradora, obtener el dictamen pericial, presentar la solicitud de baja, realizar un seguimiento del trámite y entregar las placas y tarjeta de circulación son los pasos clave en este proceso.
Al seguir estos pasos, los propietarios de vehículos pueden asegurarse de completar el proceso de baja de manera eficiente y cumplir con todas las regulaciones pertinentes.
Recuerda que es importante mantener la calma y seguir las instrucciones proporcionadas por las autoridades y tu aseguradora en todo momento.
Si tienes alguna duda sobre el proceso, no dudes en consultar con un profesional del derecho o un representante de la autoridad de tránsito para obtener orientación adicional.
¡Esperamos que este artículo haya sido útil para entender el proceso de baja de vehículo en caso de siniestro o robo en Veracruz durante el año 2024!
Enlaces externos
Recuerda verificar que realizas tu trámite en un sitio oficial de gobierno revisando que el dominio tenga la extensión .gob.mx, evita el robo de tu información personal y fraudes.