Expedición de permiso provisional para circular sin placas (30 días) en el estado de Sonora
En el estado de Sonora, es obligatorio que todos los vehículos en circulación cuenten con placas oficiales. Sin embargo, existen situaciones en las que un vehículo aún no dispone de ellas, ya sea por estar en proceso de registro, por haber dado de baja las placas anteriores o por otras circunstancias justificadas.
Para estos casos, la Secretaría de Hacienda del Estado de Sonora ofrece un permiso provisional que permite circular sin placas durante un período de hasta 30 días.
Este permiso es esencial para garantizar que los vehículos puedan transitar legalmente mientras se regulariza su situación.
Dependencia
La Secretaría de Hacienda del Estado de Sonora, a través de la Dirección General de Recaudación, es la entidad encargada de expedir el permiso provisional para circular sin placas.
Modalidad
El trámite se realiza de manera presencial. Los interesados deben acudir a las Agencias Fiscales distribuidas en el estado de Sonora para gestionar el permiso.
Documentos que solicitan
Estatus de baja en el registro estatal vehicular.
En el supuesto que con la documentación que se presente, se acredite que existe cambio de propietario del vehículo, se deberá comprobar el pago del impuesto sobre traslación de dominio de bienes muebles o bien, justificar la exención del mismo.
Presentar en original y 1 copia.
Acreditar la propiedad del vehículo, así como, comprobar la legal estancia en el país.
Documentos con los que podrá acreditarse la propiedad del vehículo:
Factura original endosada y copia de la identificación oficial del vendedor.
Re factura, podrá acreditarse la propiedad con refactura de quién realiza la enajenación, contrato de compra-venta levantado ante la presencia de dos testigos adjuntando la identificación oficial de las personas que intervienen en el documento o endoso del documento, con la identificación de las partes.
Deberá anexar los documentos donde se acredite la secuencia hasta llegar al actual propietario, salvo tratándose de vehículos que ya estén registrados en el Padrón Vehicular Estatal.
Cuando se de esta situación respecto a vehículos importados, regularizados o con constancia de inscripción, deberá acreditar la legal estancia en el país con el documento correspondiente.
Tratándose de vehículos usados nacionales, deberá adjuntar la primera factura de la unidad (vehículo nuevo), de lo contrario, el valor total de la unidad se equiparará con el valor de un vehículo con características similares.
Factura Judicial con sellos y firma original del juez que la emite y demostrar la legal estancia si es vehículo extranjero.
Juicio de Jurisdicción Voluntaria hasta la resolución y demostrar la legal estancia si es vehículo extranjero.
Tratándose de cesión de derechos, presentar una identificación oficial vigente legible del vendedor a fin de cotejar la firma en el documento legal, mediante el cual, transfiere su propiedad vehicular.
Documentos con los que podrá comprobar legal estancia tratándose de vehículos extranjeros:
Constancia de Regularización (1992).
Constancia de Inscripción (2001).
Constancia de Regularización (2022).
Factura SAE/INDEP.
Pedimento de importación definitiva al país, mismo que deberá estar validado por CEVCE.
De no contar con el original: solicitar una copia certificada ante la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), solo aplica para pedimentos con antigüedad no mayor a 5 años.
Si es copia del pedimento mayor de 10 años de antigüedad, podrá tramitar juicio de jurisdicción voluntaria, siempre y cuando ésta haya sido validada previamente por CEVCE y el estatus sea APROBADO.
Presentar en original y 1 copia.
Presentar el vehículo para revisión física de características y toma de fotografía de la serie vehicular, así como del frente y costado del vehículo completo, mismas que deberán ser tomadas por el servidor público designado por la Agencia o Sub-Agencia Fiscal que corresponda.
Tratándose de vehículos usados que ya cuenten con registro en el padrón vehicular estatal, no será necesario presentar el vehículo para toma de fotografías.
Identificación oficial con fotografía vigente.
Persona física:
Identificación oficial con fotografía vigente: Credencial para votar vigente (IFE), Cartilla del Servicio Militar Nacional liberada y expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional, pasaporte mexicano vigente expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, Matrícula consular, licencia para conducir del Estado, vigente, credencial expedida por:
IMSS, ISSSTE, ISSSTESON o INAPAM, credencial de alguna dependencia de orden municipal, estatal o federal, certificado de estudios, título o cedula profesional expedida por autoridad competente, credencial escolar, tratándose de menor de edad, documento migratorio vigente emitido por autoridad federal competente o el pasaporte respectivo, tratándose de extranjeros.
Persona moral:
Acta constitutiva
En su caso, poder notarial del representante legal.
Identificación oficial del representante legal.
Constancia de Situación Fiscal (SAT).
Caratula empresarial.
De no acudir el propietario del vehículo o el representante legal:
Persona física: Si quien realiza el trámite es familiar directo de la persona física (acta de nacimiento, acta de matrimonio o ambas actas de nacimiento en hermanos), deberá presentar carta poder simple levantada ante la presencia de dos testigos, indicando el trámite que autoriza realizar y adjuntando al documento, copia de la identificación oficial de las personas que intervienen.
Su antigüedad no debe de exceder de 3 meses.
Si quien realiza el trámite es una tercera persona, deberá presentar carta poder notariada indicando el trámite autorizado a realizar, así como identificación oficial de quien acepta el poder.
Persona moral: Carta poder simple en hoja membretada, autorizada por el presentante legal: siempre y cuando la empresa cuente con carátula empresarial vigente, así como identificación oficial de la persona que acepta el poder.
De no contar la empresa con carátula empresarial vigente, deberá presentar carta poder notariada indicando el trámite autorizado a realizar.
Comprobante de domicilio a nombre del interesado con una antigüedad de expedición no mayor a 3 meses, del Estado de Sonora o bien de la localidad de destino del vehículo.
Recibos de luz, agua, o cable, con una antigüedad no mayor a noventa días.
Recibo de pago de impuesto predial del ejercicio vigente.
Estados de cuenta de instituciones bancarias a su nombre.
Contrato de arrendamiento, adjuntando el último recibo de pago (no mayor a tres meses) que reúna los requisitos fiscales.
Presentar en original y 1 copia.
Presentar licencia de conducir del Estado de Sonora vigente.
Del representante legal o del propietario.
Presentar en original y 1 copia.
Pasos a seguir
- Acudir a alguna Agencia o Sub-Agencia Fiscal, llevando el vehículo para toma de fotografía de la serie vehicular, así como del frente y costado del vehículo completo, si NO cuenta con registro en nuestro padrón vehicular y/o demostrar encontrarse en estatus de baja en nuestro padrón vehicular.
Presentar los requisitos solicitados.
Pasar a ventanilla de trámites vehiculares, para captura de datos y generación del pase a caja o adeudo.
Realizar pago en ventanilla o en cajero automático.
Acudir a ventanilla con recibo pago para recibir su permiso para circular sin placas por 30 días.

En conclusión
Obtener un permiso provisional para circular sin placas en Sonora es un trámite esencial para aquellos propietarios de vehículos que, por diversas razones, aún no cuentan con las placas oficiales. Este permiso garantiza que el vehículo pueda transitar legalmente mientras se completa el proceso de registro o se resuelven situaciones particulares.
Es importante cumplir con todos los requisitos y seguir los pasos establecidos por la Secretaría de Hacienda del Estado de Sonora para evitar sanciones y asegurar una circulación conforme a la ley.
Enlaces externos
- Sitio oficial del tramite: https://www.sonora.gob.mx/servicios-y-tramites/126.167-expedicion-de-permiso-provisional-para-circular-sin-placas-30-dias
Recuerda verificar que realizas tu trámite en un sitio oficial de gobierno revisando que el dominio tenga la extensión .gob.mx, evita el robo de tu información personal y fraudes.
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