Reposición de tarjeta de circulación por cambio de color, error u omisión de datos en el estado de Veracruz

La tarjeta de circulación es un documento indispensable para cualquier propietario de un vehículo en el estado de Veracruz, ya que certifica la legalidad y la vigencia del mismo para circular por las vías públicas.

Sin embargo, en ocasiones, pueden surgir situaciones que requieran la reposición de esta tarjeta, ya sea por un cambio de color, errores u omisiones de datos.

En este artículo, exploraremos los procedimientos y consideraciones pertinentes para llevar a cabo este trámite de manera adecuada y conforme a la normativa vigente en el estado.

Dependencia

Secretaría de Finanzas y Planeación

Modalidad

Presencial

Documentos que solicitan

  • Identificación oficial con fotografía, en original y vigente que puede ser:
    • Credencial de elector.
    • Licencia de conducir.
    • Pasaporte.
    • Cédula profesional con fotografía.
    • Cartilla del servicio militar.
    • Constancia de identidad municipal que contenga fecha de emisión, vigencia y firma y/o huellas digitales al calce del interesado.
  • Escrito libre, para el caso de informar cambio de color del vehículo.
  • Presentar el documento en donde se indique error u omisión, según sea el caso.
  • Presentar el comprobante de pago de tenencia o derecho de control vehicular del ejercicio fiscal vigente.
  • Devolución de tarjeta de circulación anterior.
  • En caso de extravío presentar:
    • Constancia de no infracción estatal.
    • Acta de extravío o robo expedida por el Ministerio Público o Fiscalía General del estado.
  • Pago de derechos por la emisión de la nueva tarjeta de circulación.
  • Para vehículos de procedencia extranjera:
    • Título de propiedad.
    • Factura original.
    • Pedimento de importación.
    • Oficio de autorización emitido por la SEFIPLAN y/o formato VPE-01.
  • Adicional persona física:
    • En caso de no acudir el propietario del vehículo, deberá otorgar una carta poder simple, en donde se especifique el trámite a realizar y las características de la unidad, adjuntando los siguientes requisitos:
      • Identificación oficial con fotografía vigente y en original de la persona otorgante.
      • Identificación oficial con fotografía vigente y en original de quien recibe el poder.
      • Se deberá presentar firmada en original por quien otorga el poder, quien lo recibe y por dos testigos.
      • Copia de la identificación oficial vigente de los testigos.
  • En caso de servicio público:
    • En caso de no acudir el propietario del vehículo, deberá designar un representante legal, el cual presentará:
      • Poder Notarial para actos de administración.
      • Identificación oficial con fotografía vigente y en original de la persona otorgante.
      • Identificación oficial con fotografía vigente y en original de quien recibe el poder.
  • Adicional persona moral (empresas y organizaciones, públicas y privadas):
    • Identificación oficial con fotografía vigente y en original del representante legal.
    • Acta constitutiva.
    • En el caso de Instituciones Públicas, presentar el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación y/o Gaceta Oficial.
    • Poder notariado del representante legal para actos de administración y dominio.
    • Cédula de Identificación Fiscal (RFC), no mayor a 3 meses
    • Comprobante de domicilio fiscal original no mayor a 2 meses.
    • En caso de no acudir el representante legal, deberá otorgar una carta poder membretada por la empresa, especificando el trámite a realizar y las características de la unidad, adjuntando los siguientes requisitos:
      • Identificación oficial con fotografía vigente y en original de la persona mandante.
      • Identificación oficial con fotografía vigente y en original de quien recibe el poder.
      • Se deberá presentar firmada en original por quien otorga el poder, quien lo recibe y por dos testigos.
      • Copia de la identificación oficial con fotografía y vigente de los testigos.

Notas:

  • Presentar documentación original para cotejo y dos copias fotostáticas.
  • Trámite disponible en todas las oficinas.
    • Horario de atención: de 8:00 a 14:00 hrs.
    • Fundamento legal: Código Número 860 de Derechos para el Estado de Veracruz Artículo 16, Apartado B, Fracción VI y Código Financiero del Estado de Veracruz, Artículo 60, Apartado B, Fracción III y Artículo 134.

 

 

 

En conclusión

La reposición de la tarjeta de circulación por cambio de color, errores u omisiones de datos es un trámite relativamente sencillo, siempre y cuando se sigan los procedimientos establecidos por las autoridades correspondientes.

Es importante mantener la documentación del vehículo en regla y actualizada para evitar inconvenientes en la circulación y en futuros trámites administrativos.


Enlaces externos


Recuerda verificar que realizas tu trámite en un sitio oficial de gobierno revisando que el dominio tenga la extensión .gob.mx, evita el robo de tu información personal y fraudes.