Alta de vehículo de servicio público por otorgamiento, transferencia o herencia de una concesión o cambio de unidad en el estado de Veracruz

Presentamos esta guía de CARFAX MX para ayudarte a realizar el trámite de alta de vehículo de servicio público por otorgamiento, transferencia o herencia de una concesión, así como por cambio de unidad, en el estado de Veracruz. En este artículo, exploramos los requisitos y pasos a seguir para llevar a cabo este procedimiento en 2025.

Dependencia

Secretaría de Finanzas del Estado de Veracruz

Modalidad

Presencial

Documentos que solicitan

  • Identificación oficial con fotografía, en original y vigente que puede ser:
    • Credencial de elector.
    • Licencia de conducir.
    • Pasaporte.
    • Cédula profesional con fotografía.
    • Cartilla del servicio militar o constancia de identidad municipal que contenga fecha de emisión, vigencia y firma y/o huellas digitales al calce del interesado.
  • Comprobante de domicilio del Estado de Veracruz, en original y no mayor a 60 días, a nombre del contribuyente.
    • Para trámites realizados por personas físicas, pueden ser:
      • Recibo de teléfono fijo, agua, luz o predial.
      • En caso de que el comprobante no se encuentre a nombre del contribuyente, deberá incluir EN EL RECIBO POR LA PARTE FRONTAL la leyenda: "Hago constar que el C. (interesado, nombre completo sin abreviaturas) habita en este domicilio", que esté firmado por el titular y anexar la copia de la identificación oficial con fotografía (vigente) de quien firma. O estado de cuenta bancario a nombre del contribuyente.
    • Para trámites realizados por personas morales, pueden presentar en original:
      • Recibo de agua, luz, teléfono, estado de cuenta bancario.
      • En caso de que el comprobante no se encuentre a nombre de la persona moral, debe estar certificado con nombre y firma del propietario o del representante legal según sea el caso, anexar el original de la identificación oficial con fotografía vigente, poder notarial de quien está certificando el comprobante de domicilio y, copia del contrato de arrendamiento (vigente).
    • En caso de subarrendar a otra persona moral, presentar copia certificada del acta constitutiva y del poder notarial del representante legal.
  • Cédula de Identificación Fiscal (RFC), emitido por el SAT, con régimen de incorporación fiscal o régimen de personas físicas con actividades empresariales y profesionales, con la actividad del servicio que se presta. vigencia no mayor a 3 meses.
  • Comprobante de pago de derechos por el otorgamiento de la concesión o transferencia.
  • Factura a favor del contribuyente o documento de adjudicación (si el vehículo fue adquirido por financiamiento, se deberá de presentar una copia de la factura certificada por la agencia u organismo financiero, cuya fecha de emisión no exceda a 60 días).
    • Contrato de comodato notarial (si es el caso). Deberá de presentarse cuando el vehículo es adquirido a través de financiamiento, por una persona distinta al concesionario.
    • Si presenta refacturación, deberá presentar una copia de la factura original. Tomando como base del impuesto, el valor total del vehículo considerado en la primera factura de origen. (Art. 136 A, fracción II del CFEV).
    • En caso de extravío de factura, levantar denuncia ante la fiscalía general del estado y posteriormente debe acudir con dos testigos ante un fedatario, para que éste a su vez levante un acta de información testimonial. Cuando el modelo del vehículo tenga una antigüedad menor a cinco años, el propietario deberá solicitar a la agencia automotriz copia certificada del segundo tanto del documento que obra en sus archivos, documentación que aún estará disponible de conformidad con los artículos 30 y 67 del Código Fiscal de la Federación.
    • Constancia de inscripción en REPUVE. Vigencia 24 horas.
    • Presentar el vehículo para revisión física y validación de chip.
  • Documentación para entregar:
    • Aviso de emplacamiento original, expedido por la Dirección General de Transporte del Estado.
    • Carta de liberación de la Dirección General de Transporte del Estado.
    • Acreditar la revista vehicular con el talón original del formato, debidamente sellado.
    • Constancia de empadronamiento original al canje de placas (ésta deberá devolverse al programa de reordenamiento).
  • En caso de cambio de unidad:
    • Presentar BAJA ADMINISTRATIVA tramitada ante la Dirección General de Transporte del Estado (DGTE), para posteriormente hacer la baja fiscal ante la oficina de hacienda.
    • Presentar el comprobante de pago de tenencia y/o derecho de control vehicular del ejercicio fiscal vigente.
    • Constancia de inscripción en REPUVE.
  • Adicional persona física:
    • En caso de no acudir el propietario del vehículo, deberá designar un representante legal, el cual presentará:
      • Poder notarial para actos de administración.
      • Identificación oficial con fotografía vigente y en original de la persona otorgante.
      • Identificación oficial con fotografía vigente y en original de quien recibe el poder.
  • Adicional persona moral:
    • Identificación oficial con fotografía vigente y en original del representante legal.
    • Acta constitutiva.
    • Poder notariado del representante legal para actos de administración y dominio.
    • Cédula de Identificación Fiscal (RFC), no mayor a 3 meses
    • Comprobante de domicilio fiscal original no mayor a 2 meses.
    • En caso de no acudir el representante legal, deberá otorgar una carta poder membretada por la empresa, especificando el trámite a realizar y las características de la unidad y, adjuntando los siguientes requisitos:
      • Identificación oficial con fotografía vigente y en original de la persona otorgante.
      • Identificación oficial con fotografía vigente y en original de quien recibe el poder.
      • Se deberá presentar firmada en original por quien otorga el poder, quien lo recibe y por dos testigos.
      • Copia de la identificación oficial con fotografía y vigente de los testigos.

* Presentar documentación original para cotejo y dos copias fotostáticas.

Horario de atención: de 8:00 a 14:00 hrs.

FUNDAMENTO LEGAL: Código Número 860 de Derechos para el Estado de Veracruz Artículo 16, Apartado C, Fracción I y Código Financiero del Estado de Veracruz Artículo 60, Apartado B, Fracción I y Artículo 134.

 

En conclusión

El alta de vehículo de servicio público en Veracruz es un proceso obligatorio para formalizar el otorgamiento, la transferencia o el cambio de unidad de una concesión. Cumplir con los requisitos oficiales garantiza operaciones legales y seguras en el sector del transporte público.


Enlaces externos


Recuerda verificar que realizas tu trámite en un sitio oficial de gobierno revisando que el dominio tenga la extensión .gob.mx, evita el robo de tu información personal y fraudes.


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